GIBRALTAR. ¿PARAISO O INFIERNO FISCAL?

Despacho Lamo De Espinosa:

11 septiembre, 2016

Fiscal

0D9A0044-GIBRALTAR-2Desde los primeros tiempos de la colonización inglesa de Gibraltar ha sido territorio “diferente” respecto a España. Durante decenas de años existía una mezcla intensa entre gibraltareños y españoles, especialmente residentes en la zona. Tiempo hubo en que los astilleros militares de Gibraltar eran la principal fuente de trabajo del Campo de Gibraltar.

Después vino la verja, el polígono industrial de Palmones, el crecimiento del turismo en la zona, la apertura de la verja. Durante todo ese tiempo Gibraltar ha tenido un régimen fiscal mucho más favorable que el español, sirviendo de plataforma para la evasión fiscal y el blanqueo de capitales de españoles y no españoles, siendo considerado como un Paraíso Fiscal.

Desde hace unos pocos años los controles de la Agencia Tributaria (AEAT) han mejorado de forma notable y se ha reducido el interés que despierta el Peñón en este aspecto. La presión internacional sobre los paraísos fiscales es intensa y cada vez mayor.

Sin embargo hoy traemos a colación este tema para cambiar el punto de vista. Vamos a pensar en los gibraltareños. Nada que comentar sobre los que residen, trabajan, en definitiva, viven continuamente en el Peñón.

Pero, y los que reparten su tiempo entre Peñón y Península? Dicen residir en Gibraltar pero duermen en una casa cercana, en territorio español. Sus hijos estudian en un colegio en España. Toda la familia duerme día tras día en España. Y sólo declaran impuestos personales en Gibraltar.

El caso es que según los Convenio de Doble Imposición firmados por España y la normativa interna en materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en esos casos el sujeto es considerado residente en España (o puede serlo con muchas posibilidades).

Me cuentan que la AEAT ha mejorado sensiblemente los sistemas de control sobre los gibraltareños en el campo de Gibraltar, no sólo en la frontera sino también en zonas próximas (Sotogrande y las principales urbanizaciones). Barrunto que para determinar quienes residen en España más de 183 días al año, personalmente y/ó los demás miembros de la unidad familiar.

Recordemos que tratándose de un paraíso fiscal, de acuerdo con el art 9 de la Ley del IRPF “en el supuesto de países o territorios considerados como paraíso fiscal, la Administración tributaria podrá exigir que se pruebe la permanencia en éste durante 183 días en el año natural” y a buen seguro que lo exigirán.

Si la AEAT está haciendo este esfuerzo no es por necesidades estadísticas. A buen seguro que registra todos los movimientos de los gibraltareños, preparando sus armas para reclamar lo que crea que le corresponde. Dada la beligerancia con la que se prodiga no sería descabellado vislumbrar que ese paraíso fiscal se convierta en un infierno fiscal para los gibraltareños que descansan plácidamente en las playas de Cádiz.

Si te encuentras en este caso…. no dudes en consultarnos.

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